TESTIMONIO: VISTO: La adquisición de un lote de terreno a fin de ser utilizado para el Sector Industrial Planificado, y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Balcarce adquirió el lote de terreno designado catastralmente como: Circ. I, Parc. 23b, compra que fuera autorizada por Decreto Nº 1622 del 16 de setiembre de 1997, dentro de las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo por la Ley Orgánica de las Municipalidades. Que la compra del citado terreno para el fin a que será destinado, resulta de interés social para la comunidad de Balcarce por ser herramienta fundamental para el desarrollo local. Que según lo expuesto por el Artículo 4º inciso d) de la Ley Nº 10830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 84/97 ------------------------------ ARTICULO 1.- Declárase de interés Social Público Municipal la ------------ compra del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Parcela 23b, del Partido de Balcarce.--------------------- ARTICULO 2.- Requiérese la intervención de la Escribanía General - ------------ de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el Artículo.----------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete. FIRMADO: Estela S. Roldán - VICEPRESIDENTA II - Juan José Troya - SECRETARIO.------------------